SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0844/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
1)
El accionante a través de su abogado, ratificó los fundamentos de la demanda, y añadiendo, sostuvo: 1) Habiendo sido declarada en primera instancia la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, una vez apelada ésta, la Sala Civil Segunda, dicta Auto de Vista revocando la misma, provocando un procesamiento indebido que pone en riesgo la libertad del accionante; 2) “Las dilaciones se dieron en la etapa preparatoria”, dilatando el proceso hasta alcanzarse los tres años por acciones atribuibles al órgano judicial, al Ministerio Público y a los querellantes; 3) El Auto de Vista hoy cuestionado, no tiene un razonamiento y fundamentación en derecho, no habiéndose valorado las pruebas ni los datos del proceso; y, 4) Existiendo un procesamiento indebido, existe un riesgo latente de perder la libertad.