Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante, alega la vulneración de su derecho al Juez natural, a la libertad de locomoción, citando al efecto el art.117 de la Constitución política del estado (CPE) y los arts. 49 del Código de procedimiento penal (CPP), art.14 y 33 de la Ley 1674 Contra la Violencia en la Familia o Doméstica.