Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0858/2011-R
Fecha: 06-Jun-2011
acción de libertad,
En revisión la Resolución pronunciada dentro de la acción de libertad, interpuesta por José Ignacio Salazar Velarde y Wilfredo Yucra Aymuro contra Darío Mamani Calle y Daniel Pacasi Llanco, funcionarios policiales de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Yapacaní en el Departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- 1)
- En virtud a ello,
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Si antes de existir imputación formal, tanto la Policía como la Fiscalía cometieron arbitrariedades relacionadas al derecho a la libertad física o de locomoción, y todavía no existe aviso del inicio de la investigación, corresponde ser denunciadas ante el Juez Cautelar de turno
- ii.
- APROBAR