SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0926/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0926/2011-R

Fecha: 22-Jun-2011

desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria

De lo expuesto se establece que toda persona que considere que en el curso del proceso investigativo ha sido víctima de lesiones en sus derechos y/o garantías fundamentales, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que, como se dijo precedentemente, es el encargado de ejercer el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria, antes de acudir a la jurisdicción constitucional a través de la presente acción tutelar, toda vez que, como se explicó en los Fundamentos Jurídicos III.2 y 3, este Tribunal, al existir mecanismos procesales en la vía ordinaria, pendientes de su activación, y en observación del principio de subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, se ve impedido de ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.