SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0926/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
procedente
Mediante Resolución de 28 de abril de 2010, cursante a fs. 62 y vta., el Juez de Partido de Sentencia, de Garantías Constitucionales y de la Niñez y Adolescencia de San Ignacio de Velasco del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, declaró procedente la acción de libertad respecto a Tirso José Eguez Velarde y Wilfredo López Menacho, argumentando que, conforme dispone el art. 190 de la Constitución Política del Estado en concordancia con el art. 410 del mismo cuerpo legal, los integrantes de las comunidades indígena originario campesinas, deberán ser juzgados conforme a sus usos y costumbres; por lo que, manteniendo su detención, deberán ser puestos a disposición de las autoridades naturales de la comunidad El Tuna, lugar donde se cometió el hecho delictivo.
En la vía de la aclaración y complementación, el Juez de garantías, aclaró que la acción de libertad se declara improcedente con referencia a Gabriel Vicente Caballero, Juan Carlos Flores Arancibia, Hugo Galindo Ávila, William Rodríguez Pinilla, Jorge Armando Moreno Ordóñez, Jaime Ortíz Meruchan, Juan Carlos Palomino Ávila, Jhon Correa, Jhon Jairo Hincapié Franco y William Parra Moreno.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- procedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- III.2. Principio de subsidiariedad en la acción de libertad
- subsidiariedad
- III.3.El Juez cautelar como contralor de la investigación
- III.4. Análisis del caso
- desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- IMPROCEDENTE
- REVOCAR