Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0997/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
denegó
A través de la Resolución 122 de 3 de agosto de 2009, cursante a fs. 143 y vta., la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, denegó la tutela solicitada, sin costas ni multa, con el argumento de haberse advertido derechos controvertidos, en el cual es imposible identificar la parte que corresponde al accionante y el predio en el cual se asentaron los avasalladores, pues no se puede determinar si la superficie donde se encuentran los asentamientos corresponde a tierras fiscales o a la propiedad del accionante.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho y su protección a través de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso de autos
- denegado
- APROBAR