Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0997/2011-R
Fecha: 22-Jun-2011
II.1.
II.1. Mediante testimonios registrados en DD.RR. bajo las matrículas 7.011.03.0000187, 7.01.1.03.0000181 y 7.01.1.03.0000180, el 2 de febrero de 2001, 27 de febrero y el 8 de marzo ambos de 2004, respectivamente, el accionante demuestra el derecho propietario de su mandante sobre los predios ubicados en el cantón Villa Arrien, provincia Andrés Ibañez del departamento de Santa Cruz, así como el levantamiento de los planos de los indicados inmuebles efectuado por el Instituto Geográfico Militar (fs. 21 a 53).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Medidas de hecho y su protección a través de la acción de amparo constitucional
- III.2. Análisis del caso de autos
- denegado
- APROBAR