Sentencia: 0460/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0460/2011-R

Fecha: 14-Jul-2011

La primera posición

La primera posición se funda en el principio iura novit curia, bajo la idea que el juez conoce el derecho y, por tanto, en cuanto a la calificación jurídica, no está limitado por la acusación, por lo que a tiempo de dictar sentencia “puede calificar  libremente el hecho sin limitaciones provenientes de la acusación fiscal” (SC 506/2005-R).

Clariá Olmedo sostiene que el principio de congruencia, en su significado estricto sólo hace referencia a lo fáctico “mostrándose como una indispensabilidad de coincidencia o conveniencia entre el supuesto de hecho imputado y el contenido fáctico de la decisión, ya que en el aspecto jurídico rige en plenitud el principio iura novit curia” (CLARA OLMEDO, Principio de congruencia en el proceso penal, cit por  VÁSQUEZ ROSSI, Jorge E, Derecho Procesal Penal, Ed. Rubinzal-Culzoni, Santa Fe, 2004, T. II, p. 456).