SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1054/2011-R
Fecha: 01-Jul-2011
1)
La Jueza demandada, María Claret Toro Fernández, Jueza Sexta de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca, presentó informe escrito el 18 de agosto de 2009, de fs. 157 a 158, manifestando: 1) El Auto de Vista “006/2008”, se emitió conforme al art. 236 del CPC, analizándose todos los puntos que fueron objeto de la apelación y resueltos en forma individual y motivada; 2) Se cumplió con el deber establecido por el art. 15 de la Ley de Organización Judicial abrogada (LOJabrg), revisando de oficio el procedimiento y los plazos; y, 3) Se menciona una serie de vulneraciones a derechos y garantías constitucionales sin realizar una mínima fundamentación en qué consistirían esas vulneraciones.