Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0218/2011-RCA
Fecha: 01-Ago-2011
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren el art. 3 de la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: APROBAR la Resolución 46/09 de 4 de noviembre de 2009, cursante a fs. 216 y vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; y en consecuencia, con el fundamento expuesto, declarar IMPROCEDENTE la acción tutelar.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- “improcedente”
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Sobre el plazo para presentar la acción de amparo constitucional
- Fragmento 8
- II.3
- convenio interinstitucional de octubre de
- APROBAR