Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0245/2011-RCA
Fecha: 18-Ago-2011
II.3. Análisis del caso enviado en revisión
En el presente caso en análisis, el accionante identifica que el acto lesivo a sus derechos es el memorándum “Depto. I Pers. Sec. 'C' No. 95/88” de 20 de diciembre de 1988, que dispuso su retiro obligatorio del Ejército por malos antecedentes; y es por ello, que presentó varios memoriales solicitando su reincorporación, y que de “…acuerdo al oficio Dpto.I-EMC.Secc. “H” No. 282/10 de fecha 26 de octubre de 2010, (…) el Tribunal del Personal del Ejército trató (su) solicitud de reincorporación el año 2003, entidad que había emitido la Resolución T.P.E. No. 006/2003 de fecha 6 de febrero de 2003 por la cual se (le) DESISTIMÓ (su) reincorporación a la Institución Armada…” (sic).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 6
- II.3. Naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional
- reglas y subreglas
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- Resolución 006/2003 la cual en su
- Fragmento 11
- APROBAR