Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0247/2011-RCA
Fecha: 22-Ago-2011
I.3. Petitorio
Solicitan se admita la acción de amparo constitucional y sea tramitada conforme a derecho y dictándose sentencia declarando “probado el recurso” y la tercería de dominio excluyente, a tal efecto se faccione testimonio para el levantamiento de la anotación preventiva sobre su inmueble y sea con llamada de atención a los Jueces demandados.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- improcedencia in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- Fragmento 6
- que ante la ausencia de los requisitos de contenido corresponde el rechazo in límine
- Exposición clara y precisa de los hechos (art. 97.III de la LTC)
- Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (art. 97.IV de la LTC)
- Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados. (art. 97.VI de la LTC)
- II.4. Análisis del caso en revisión
- APROBAR