Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0249/2011-RCA
Fecha: 22-Ago-2011
rechazo in límine
La Sala Social, Administrativa y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 243/2010 de 4 de agosto, cursante de fs. 31 a 32, declaró el rechazo in límine de la acción, argumentando que los accionantes no cumplieron con los requisitos de contenido previstos en el art. 97. III, IV y V de la LTC.
- acción de amparo constitucional,
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazo in límine
- II.1. Consideraciones previas: Aplicación de la Ley del Tribunal Constitucional
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 7
- que se refiere a los casos en que la autoridad ya no ocupe el cargo
- 2º Disponer