SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2011-R

Fecha: 16-Ago-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El día anterior al promediar las 16:30, fue detenido por funcionarios de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), quienes posteriormente lo remitieron a la Fiscal de turno, misma que le tomó su declaración informativa sin la presencia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, estando presente solamente la pasante de la abogada de la referida Institución.

Por no contar con recursos económicos acudió al Servicio Nacional de Defensa Pública, asignándole un abogado quien habiendo asumido el conocimiento de su caso, se constituyó ante los Juzgados de la Niñez y Adolescencia, donde debió haberse remitido su causa, al tratarse de un menor infractor, empero la Fiscal demandada remitió antecedentes a la Fiscal supuestamente especialista en materia de menores “adscrita a la Fiscalía IDIF”, quien dispuso su ingreso en el Centro de Terapia Varones, no obstante que los arts. 226 y 227 del Código de Procedimiento Penal (CPP) establecen que el  aprehendido será puesto a disposición del Juez en el plazo de veinticuatro horas, para que éste en igual plazo disponga la aplicación de medidas cautelares o caso contrario, disponga su libertad.