SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1196/2011-R
Fecha: 06-Sep-2011
REVOCAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere la Ley 040 de 1 de septiembre de 2010, el art. 3 que modifica el art. 4.I de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 59/2010 de 9 de julio, cursante de fs. 38 y vta., la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituido en Tribunal de garantías; en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo que el juez de la causa previamente a la remisión de antecedentes ante el superior jerárquico resuelva la solicitud de libertad interpuesta por la accionante ante ese órgano jurisdiccional; siempre y cuando por el tiempo trascurrido, no se hubiese ya definido la situación jurídica.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación y Ampliación de la acción
- 1)
- DENEGÓ
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. En cuanto a la acción de libertad y su naturaleza jurídica
- III.2. En cuanto a la celeridad e
- III.3. Análisis del caso
- REVOCAR