SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2011-R

Fecha: 08-Sep-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

El 12 de mayo de 2010 a horas 15:50 prestó su declaración informativa ante la Fiscal de Materia, Patricia Santos, que dispuso su aprehensión y fue remitida ante la Jueza Décima de Instrucción en lo Penal, a horas 16:40, recusada la misma y otros Jueces más, la Jueza Séptima de Instrucción en lo Penal al estar recusada también, ordenó la remisión de antecedentes al Juzgado de Turno de la ciudad de El Alto.

La Auxiliar del Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal incumplió con la obligación de conducir a la accionante juntamente con el cuaderno de control de la investigación ante el Juzgado de Turno, por lo que el personal de dicho juzgado, rechazó su recepción. Reconocido el error por la subalterna la condujo al referido juzgado habiendo llegado al mismo a horas 13:45 del 16 de mayo de 2010, sobrepasando las veinticuatro horas que señala la Constitución Política del Estado para la detención, la que se tornó en indebida, violándose su derecho al debido proceso.