Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1197/2011-R
Fecha: 08-Sep-2011
II.4.
II.4. La Auxiliar del Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal, cumplió parcialmente con lo ordenado por la Juzgadora, remitiendo solo el cuaderno de control y no a la imputa al Juzgado de Turno del El Alto, por inexperiencia en materia penal, y por la resistencia que había presentado la imputada evitando ser conducida al referido juzgado oportunamente (fs. 40 a 42, 47 a 48, 49 a 50, 51).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la acción de libertad
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR