SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1277/2011-R

Fecha: 26-Sep-2011

1)

La Fiscal de Materia, Jaqueline Bustillo Sánchez, presente en audiencia señaló lo siguiente: 1) La situación procesal del accionante Saulo Cristhian Camacho Jorge se encuentra resuelta por autoridad competente, como es el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, Álvaro Melgarejo, prueba de ello es el mandamiento de libertad expedido por él; 2) Al estar la situación procesal del imputado resuelta, su autoridad ya no tiene competencia para pronunciarse al respecto y menos emitir una disposición contraria; además que la decisión jurisdiccional se apeló; 3) Antes de activar la vía constitucional se debe agotar la vía ordinaria; 4) La aprehensión del actor se la ejecutó conforme al art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP), mediante una Resolución debidamente fundamentada; y, 5) Si pesaba en su contra una recusación, pero hasta el momento de emitir la Resolución que disponía la aprehensión, no se enteró de la misma porque se le notificó con posterioridad, por tanto, era competente para disponer la aprehensión.