Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1291/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.2.1. Ratificación de la acción
La accionante a través de su abogado, ratificó íntegramente el memorial de su demanda, señalando que el Auto de vista 13 de 15 de enero de 2009, contiene agravaciones y omisiones flagrantes al debido proceso y la seguridad jurídica en su corriente de interpretación y aplicación objetiva de la ley, resuelve el recurso de alzada conforme manda el art. 236 del Código de Procedimiento Civil (CPC), pero no refieren argumentos legales sólidos por medio del cual llegan a esa conclusión jurídica.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2.1. Ratificación de la acción
- procedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acerca de la fundamentación y motivación de las resoluciones que emiten las autoridades jurisdiccionales
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR