SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1300/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
La SC 0011/2010-R de 6 de abril, sobre la protección del derecho a la vida mediante la acción de libertad, señaló: “La acción de libertad, es una acción jurisdiccional de defensa que tiene por finalidad proteger y/o restablecer el derecho a la libertad física o humana, y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal, sea disponiendo el cese de la persecución indebida, el restablecimiento de las formalidades legales y/o la remisión del caso al juez competente, la restitución del derecho a la libertad física, o la protección de la vida misma, motivo por el cual se constituye en una acción tutelar preventiva, correctiva y reparadora de trascendental importancia que garantiza como su nombre lo indica, la libertad, derecho consagrado por los arts. 22 y 23.I de la CPE” (las negrillas son nuestras).
De la jurisprudencia glosada, se concluye que mediante la acción de libertad, es posible resguardar el derecho a la vida, siempre y cuando se encuentre amenazado como consecuencia directa de la supresión o restricción de la libertad personal, caso contrario, corresponderá hacerlo mediante la acción de amparo constitucional.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- que su vida está en peligro
- y también el derecho a la vida, si es que se halla en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal,
- tutela el derecho a la vida; siempre y cuando se halle en peligro a raíz de la supresión o restricción a la libertad personal
- APROBAR