SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1321/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
Mediante memorial presentado el 27 de mayo de 2010, cursante de fs. 162 a 164, el accionante alega que la autoridad codemandada llevó adelante la audiencia de modificación de medidas cautelares el 12 de abril del indicado año, a sabiendas que previamente debían resolverse las objeciones a las dos querellas defectuosas por no cumplir con lo establecido por el art. 290 del Código de Procedimiento Penal (CPP); además, el modificar la fianza de Bs.80.000 a 100.000 violó lo previsto por el art. 125 del cuerpo legal ya señalado, pues la norma le faculta al Juez, aclarar, suplir o corregir cualquier error contenidos en la Resolución, siempre que ello, no importe una modificación esencial de la misma; asimismo, es un monto de imposible cumplimiento.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- “improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- 1)
- III.1.
- Fragmento 13
- sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido,
- III.2. Sobre el debido proceso y los alcances a través de la acción de libertad
- III.3. Denegación de la acción de libertad por ausencia de pruebas
- Fragmento 17
- III.4.2. Sobre la fianza modificada
- APROBAR,