SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1322/2011-R
Fecha: 26-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
El 27 de enero de 2007, el Sindicato Mixto de Trabajadores Mineros de Huanuni, hizo conocer al Presidente de la COMIBOL, un pliego de peticiones resuelto en asamblea general del Sindicato que contemplaba nueve puntos. El 5 de febrero de 2007, la COMIBOL mediante nota "DIJO 0235/2007", respondió negativamente al pliego de peticiones, razón por la cual solicitaron la intervención de la Jefatura Departamental del Trabajo de Oruro para una junta de conciliación que se llevó a cabo el 9 de febrero de 2007, la misma que se suspendió por no llegar a un criterio de solución, disponiéndose se remita ante un tribunal arbitral.
Una vez compuesto el Tribunal Arbitral en la Jefatura Departamental del Trabajo de Oruro, el Sindicato Mixto de Trabajadores de Huanuni, ofreció en calidad de prueba "literal", documentación consistente en la intervención judicial de la empresa "Allied Deals PLC o RBG Huanuni" S.A., publicaciones de prensa, escala de sueldos, convenios sobre bonos de producción y otros. La demanda radicó en que se pagaron a 820 trabajadores regulares, montos establecidos en planillas desde el año 2000 hasta octubre de 2007, sin tomar en cuenta a los 220 trabajadores eventuales, 18 viudas y retirados, que tienen el mismo tiempo de trabajo y servicio dentro de la referida empresa. Con el esfuerzo de todos los trabajadores tanto regulares como eventuales, se aportó para un colchón económico por la baja del mineral desde la gestión 2000, a octubre de 2007; en consecuencia, la COMIBOL, no debe apropiarse de esos aportes que permitieron -en su oportunidad- llevar adelante a la empresa.