SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1343/2011-R

Fecha: 30-Sep-2011

1)

Virginia Colque Calle, Jueza Primera de Instrucción Mixta y cautelar de Llallagua, en el informe escrito cursante de fs. 36 a 37, señaló: 1) El 24 de agosto de 2010, a horas 17:15, se recibió como causa nueva el inicio de la investigación e imputación formal contra el ahora accionante y otro, procediéndose al sorteo de la misma al día siguiente a horas 09:20, recayendo al Juzgado Segundo de Instrucción Mixto y cautelar de Llallagua; 2) Por ausencia del Juez titular, estuvo en suplencia legal, en virtud a ello, el Actuario de dicho Juzgado es el responsable de la comunicación a su autoridad para resolver las causas, por lo que puso la misma a su conocimiento el 25 del citado mes y año, a horas 17:45, fijándose audiencia de medidas cautelares para el día siguiente a horas 09:00, donde se determinó medidas sustitutivas contra el ahora accionante, quien en ese momento se encontraba en plena libertad; 3) En la imputación formal no se mencionó que el imputado se encontraba aprehendido en celdas de la FELCC, solo se limitó a indicar que fue aprehendido por ciudadanos; 4) En audiencia ni el accionante ni su defensa denunciaron vulneración a sus derechos constitucionales en relación a su detención supuestamente desde el 23 de agosto de 2010; por lo que tomando en cuenta lo establecido por el Tribunal Constitucional, se debe agotar todas las instancias legales de la jurisdicción ordinaria para el resguardo de los derechos de las personas antes de presentar una acción de libertad; y, 5) El accionante debió acudir ante el Juez de Instrucción, como contralor de la etapa preparatoria, denunciando las supuestas vulneraciones a sus derechos, para que ordene la reconducción del procedimiento o lo que fuere de ley.