SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1344/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
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El codemandado, Sergio Cardona Chávez, Juez Técnico del Tribunal Octavo de Sentencia del Distrito Judicial de Santa Cruz, mediante informe cursante de fs. 135 a 136 vta. leído en audiencia, manifestó que: 1) No es cierto que este Tribunal estuviera confabulado contra el accionante, lo que ocurre es que las audiencias siguen un rol fijado, debido a la carga procesal existente; 2) El accionante falsea la verdad y esta es una acción deliberada para dilatar el proceso y conseguir la retardación de justicia; en razón a que las resoluciones pronunciadas no son conforme a sus pretensiones; 3) El recurso no tiene alcances jurídicos, pues los incidentes planteados por el accionante fueron debidamente fundamentados y resueltos conforme el ordenamiento jurídico; y, 4) Solicita se declare “improcedente el recurso de amparo constitucional” por ser temerario, imponiendo multas y costas.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- 1
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- que los hechos demandados
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13
- APROBAR