SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
“denegó”
Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 17/2009 de 2 de septiembre, cursante de fs. 123 a 125, por la que “denegó” la acción con los siguientes fundamentos: a) La accionante a través de esta acción impugna las citadas medidas precautorias que forman parte de la Sentencia Constitucional emitida, pretendiendo utilizar está acción constitucional como medio de impugnación contra otro amparo constitucional; b) La Resolución emitida por el Tribunal de Garantías constituida por la Sala Penal Tercera -hoy demandada- se encuentra en revisión ante el Tribunal Constitucional, resultado de esta manera la improcedencia de la acción de amparo, como medio de impugnación y revisión de una Sentencia constitucional del que forman parte las medidas cautelares.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- i)
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La idoneidad de la acción tutelar contra resoluciones emanadas de una acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR