SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
III.2. Análisis del caso concreto
En la acción de amparo constitucional presentada por “Alianza” Compañía de Seguros y Reaseguros SA., dispuso el Tribunal de garantías como medida cautelar la inhibitoria del Tribunal Arbitral y de cualquier Juez de Turno y del Juez Quinto de Partido en lo Civil, se inhiba de conocer la ejecución del Laudo Arbitral 3 003/2006, mientras se resuelva la acción de amparo; por Resolución de 17 de diciembre de 2008, se declaró “improcedente” el “recurso” de amparo constitucional, de dicha resolución la accionante solicitó complementación pidiendo se dejen sin efecto las medidas de inhibitoria, la que fue resuelta por Auto de 20 de diciembre de 2008 que declaró no ha lugar a la complementación solicitada.
Al respecto se debe precisar que el accionante, frente al rechazo de su solicitud, debió acudir ante la Comisión de admisión de este Tribunal a efectos que se considere su petitorio; sin embargo, equivocadamente por la vía de amparo constitucional, pretende que se modifique una resolución de amparo constitucional, planteando otra acción de amparo, cuando de acuerdo a la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia, esto no es posible, dado que de aceptarse dicha opción, desnaturalizaría el carácter propio que tiene la acción de amparo constitucional -tutelar efectivamente derechos y garantías fundamentales-, además de restarle efectividad a las resoluciones pronunciadas en sede constitucional.
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- i)
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La idoneidad de la acción tutelar contra resoluciones emanadas de una acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR