SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1404/2011-R
Fecha: 30-Sep-2011
I.1.1. Hechos que la motivan
En la acción de amparo constitucional que presentó la Compañía de Seguros y Reaseguros “Alianza” S.A., contra el Tribunal Arbitral del Centro de Arbitraje y Conciliación de la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba; la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, mediante Resolución de 17 de noviembre de 2008, determinó que el Tribunal Arbitral se inhiba de conocer cualquier asunto referido a la Compañia de Seguros y Reaseguros “Alianza” S.A., en el proceso arbitral seguido por el representado de la accionante.
Por Resolución de 5 de diciembre de 2008, a solicitud de la compañía accionante, las autoridades demandadas como medida precautoria dispusieron la inhibitoria del Juzgado Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, para conocer la ejecución del Laudo Arbitral y del mismo modo por Resolución de 22 de diciembre de 2008, a solicitud también de la referida compañía se dispuso que el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito Judicial, se inhiba de conocer cualquier demanda emergente del Laudo Arbitral.
La accionante sostuvo, que estas resoluciones lesionan los derechos constitucionales de su representado, tomando en cuenta que el Tribunal Arbitral determinó que la Compañía de Seguros y Reaseguros “Alianza” S.A., deba pagar la indemnización del siniestro, por estar cubierto por la póliza de seguros contra incendio y líneas aliadas 86112 y 86113, además el Laudo Arbitral se encuentra ejecutoriado y en su etapa de ejecución, donde el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, ordenó mediante Resolución de 28 de noviembre de 2008, la retención de $us218 292, 54.- (doscientos dieciocho mil doscientos noventa y dos 54/100 dólares estadounidenses).
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- i)
- “denegó”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. La idoneidad de la acción tutelar contra resoluciones emanadas de una acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR