AUTO CONSTITUCIONAL 0079/2012-RCA-SL
Fecha: 16-Oct-2012
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 30 de julio de 2011, cursante de fs. 16 a 19, el accionante manifiesta que, el 24 de junio del mismo año, el “Honorable Concejo Municipal de Bermejo” sesionó para tratar como único punto la renuncia presentada por el Alcalde suspendido Delfor Burgos Aguirre, sesión en la que se aprobó el informe legal 23/2011, emitido por el asesor legal del Concejo Municipal, que recomendaba aceptar la renuncia del Alcalde suspendido y en consecuencia, se daría cumplimiento a la Resolución Municipal 132/2010 de 3 de septiembre, en la que se eligió como Alcalde interino a Marcelo Javier Gareca Hervas.
Indica que, una vez aceptada la mencionada renuncia, se pidió elevar en consulta al Tribunal Constitucional, para la elección de un nuevo Alcalde, petición que fue rechazada por mayoría absoluta de los Concejales; consecuentemente, sometieron a votación para elegir un nuevo Alcalde, elección que recayó en la Concejal, Lucila Iporre Gonzáles hasta la elección y posesión del nuevo Alcalde, dictándose al respecto la Resolución Municipal 60/2011 de 24 de junio, la que fue objeto de dos solicitudes de reconsideración, por el Concejal, Marcelo Javier Gareca Herbas, quien aducía ser Alcalde interino, hasta la conclusión del juicio iniciado contra Delfor Germán Burgos de acuerdo al art. 147 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD). Sin embargo, una vez que se sometió a votación esas solicitudes, no alcanzaron los dos tercios, por lo que no se pasó a reconsiderar la citada Resolución Municipal.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazando in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Análisis previo a la admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- a) Exponer con precisión y claridad los hechos que le sirvan de fundamento (art. 97.III de la LTC)
- b) Precisar los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (art. 97.IV de la LTC)
- c) Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o la garantía vulnerados o amenazados (art. 97.VI de la LTC)
- II.4.
- APROBAR