AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2012-RCA-SL

Fecha: 24-Oct-2012

1.     El cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo, es desde                     la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo. Sin considerar los recursos, incidentes u otros medios no previstos por ley

1.     El cómputo del plazo de los seis meses para la interposición de la acción de amparo, es desde                     la notificación con la resolución o auto de vista que agota la vía, dado que ha sido el último actuado idóneo. Sin considerar los recursos, incidentes u otros medios no previstos por ley, o presentados extemporáneamente, aún en los casos de equivocación o error en su presentación, los cuales se consideran inidóneos.