AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0179/2012-RCA

Fecha: 31-Oct-2012

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante, estima lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, consagrados en los arts. 46.I.1 y 2 y 49.III de la CPE, porque la SIB La Paz no cumplió con la conminatoria de 8 de febrero de 2012 que conminó a su  reincorporación a su fuente laboral en el cargo que se encontraba ocupando.

En consecuencia, el Tribunal de garantías declaró improcedente in limine la acción por lo que corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión, dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.