AUTO CONSTITUCIONAL 0808/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0808/2012-CA

Fecha: 25-Oct-2012

a)

Luego del traslado del incidente de inconstitucionalidad, Ivan Arancibia Zegarra en calidad de Jefe de Normas y Contencioso de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ, por memorial de 25 de septiembre de 2012, cursante de fs. 94 a 97, solicita se declare infundada la acción interpuesta por Leiner Flores Berdecio, por carecer de fundamentos de hecho y derecho, de acuerdo a los siguientes argumentos: a) El 16 de julio del indicado año, a través de una publicidad se puso en conocimiento de la promoción empresarial denominada “Premiamos a su preferencia en cada llamada exija su ticket”, a cargo de la Empresa Radio Móvil Costa Azul, a consecuencia de lo cual se emitió el Auto de Apertura de Proceso Administrativo 09-00061-12, que dio lugar a la Resolución Sancionatoria 10-00066-12 de 30 de agosto de 2012, notificada el 4 de septiembre de igual año; b) Los arts. 7, 26 y 27 de la Ley 060, claramente establecen los procedimientos para emitir promociones empresariales, que fueron incumplidas por la empresa accionante, por lo cual en virtud del art. 28.I num. 3 inc. i) de la Ley 060 y el art. 23 de la Resolución Regulatoria 01-00005-11, se impuso una multa UFV's10 000.- (diez mil unidades de fomento a la vivienda), por haber acudido a un medio publicitario de promoción empresarial, sin contar con la debida autorización de la Autoridad del Juego, a cuyo efecto, al accionante se le otorgó el plazo de tres días hábiles para cancelar dicha suma; y, c) En relación a la presentación de la acción de inconstitucionalidad concreta, señala que no cumple con lo establecido por el art. 109.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), por no existir un señalamiento claro del precepto constitucional que se considera infringido, asimismo carece de fundamentación de la inconstitucionalidad y relevancia que tendría la norma impugnada en la decisión final. Para respaldar la decisión de rechazo de la acción,  señala entre otras, los AACC 0116/2004-CA de 1 de marzo, y el 0228/2012-CA de 30 de marzo.