AUTO CONSTITUCIONAL 0812/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0812/2012-CA

Fecha: 30-Oct-2012

al inciso a) del artículo 12 de la Ley de Seguros 1883 de 25 de junio de 1998

Menciona que, por CITE:APS/DS/2646/2011 de 17 de agosto de 2011, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Pensiones y Seguros, formuló cargos contra su Empresa por “Contravención al inciso a) del artículo 12 de la Ley de Seguros 1883 de 25 de junio de 1998, por no haber cumplido con el plazo de ejecución de la Póliza de Garantía de Cumplimiento de Contrato de Suministro Nº M0001145, conforme los términos de la Cláusula de Ejecución Inmediata Condicional para Entidades Públicas” y el Cargo por `Contravención al inciso j) del artículo 12 de la Ley de Seguros 1883 de 25 de junio de 1998, por no haber dado curso al requerimiento de este Órgano de Fiscalización contenido en la Carta PAS/DS/508/2011 de 05 de mayo de 2011 respecto a la presentación de informe sobre la constitución de reserva y la remisión de documentación respaldatoria del siniestro correspondiente a la Póliza M0001145, cuyo beneficiario es la Empresa Papeles de Bolivia - PAPELBOL” (sic).