Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0828/2012-CA
Fecha: 31-Oct-2012
3º
3º Poner la presente acción de inconstitucionalidad en conocimiento de Álvaro Marcelo García Linera, Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional, como personero del órgano que generó la norma impugnada art. 54.4 del CPP, modificado por el art. 393 quater de la Ley 007 o en su defecto se declare la inconstitucionalidad del Título V del mencionado Código incorporado por la citada Ley, a efecto de su apersonamiento y formulación de alegatos en el plazo de quince días.