El suscrito Magistrado expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 1936/2012 de 12 de octubre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional y legal.
Fecha: 12-Oct-2012
sin adecuarse a la normativa laboral vigente y los valores, derechos que ampara la Constitución Política del Estado
La SCP 1936/2012, aprueba y deniega la tutela, sin adecuarse a la normativa laboral vigente y los valores, derechos que ampara la Constitución Política del Estado, en el Fundamento Jurídico III.2, sigue la línea de un Estado de Derecho Legislativo, de la época de un monismo jurídico cerrado, con un concepto de que sólo existiría un derecho occidental único, desconociendo la pluralidad jurídica, donde deben defenderse los derechos fundamentales del trabajador, a contar con un medio de subsistencia para el trabajador y toda su familia, mientras que en el Fundamento Jurídico III.3. Análisis del caso concreto en los tres párrafos se hace un análisis del caso y luego se concluye señalando que existirían hechos controvertidos y que debería resolverse previamente en la jurisdicción ordinaria, sin considerar la situación laboral del trabajador y la necesidad de alimentarse de él y su familia.
- sin adecuarse a la normativa laboral vigente y los valores, derechos que ampara la Constitución Política del Estado
- II. FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1.1. Normativa legal en relación al despido injustificado
- RM
- cabe hacer énfasis en que de acuerdo a lo que se instituye en el parágrafo IV incluido por el DS 495 al art. 10 de su similar 28699, respecto a la conminatoria emitida por la autoridad del trabajo, se establece que ésta únicamente puede ser impugnada en la vía judicial por el empleador, pudiendo el trabajador de acuerdo al parágrafo V de la misma disposición, acudir directamente a las acciones constitucionales, observando la inmediatez de la protección del derecho constitucional de estabilidad laboral,
- II.2. Análisis del caso concreto