SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1613/2012
Fecha: 01-Oct-2012
III.3. Análisis del caso concreto
De la documentación que informan los antecedentes del proceso, se evidencia que al momento de la interposición de la presente acción de libertad, la Jueza de Instrucción Mixta de Cotoca ya señaló audiencia de consideración de medidas cautelares, dentro de la causa penal seguido por el Ministerio Público contra Lot Fernández Muñoz por las presunta comisión del delito de lesiones en accidente de tránsito y conducción peligrosa.
En efecto, en el presente caso, el Ministerio Público presentó imputación formal contra el representado de la accionante, el 22 de abril de 2012, habiendo la Jueza de la causa señalado día y hora para el 23 del mismo mes y año, de modo que al estar identificado el Juzgado donde se encuentra radicada la causa, corresponde a la autoridad jurisdiccional, en aplicación de lo previsto por el art. 54 inc. 1) del CPP, ejercer el control de la investigación de acuerdo a las facultades y deberes que señala la misma ley adjetiva; además, conforme a lo previsto por el art. 279 de la misma norma procesal, la Fiscalía y la Policía Nacional actuarán siempre bajo control jurisdiccional.
En ese contexto, corresponde al representado de la accionante acudir ante la Jueza de Instrucción Mixta cautelar de Cotoca que está a cargo de la investigación, y poner a su conocimiento las supuestas irregularidades cometidas por la autoridad demandada, razón por la cual no cabe ingresar al análisis de fondo del caso planteado, conforme al Fundamento Jurídico III.2, de la Sentencia Constitucional.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. De la acción de libertad
- III.2. El Juez cautelar encargado de ejercer el control jurisdiccional de la investigación
- tal hecho se hubiera dado a conocer al juez cautelar del inicio de la investigación y, en su caso, de la imputación,
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 13