SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1655/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1655/2012

Fecha: 01-Oct-2012

1)

La Resolución se basa en los siguientes fundamentos: 1) “La accionante y sus representados no fueron legalmente notificados”, puesto que, no se observó el termino de 24 horas señalado por ley, asimismo el informe del investigador no es correcto porque este tiene un carácter general ya que no individualiza a las personas querelladas; 2) El informe del investigador asignado al caso, no constituye causal para emitir mandamiento de aprehensión porque como antecedente, existe un memorial presentado el 25 de julio de 2012, por el cual se solicita la suspensión de la audiencia fundamentando que por la distancia no podían asumir defensa, aspecto que no tomó en cuenta el representante del Ministerio Público; 3) El Fiscal, en la Resolución de aprehensión no tomó en cuenta la distancia existente entre Teoponte y Caranavi, sólo aplico la letra muerta del art. 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP); 4) Respecto a la presunción de inocencia, el Fiscal no constitucionalizó su resolución y directamente dispuso mandamiento de aprehensión de los querellados; por lo que, se hallan ilegalmente perseguidos.