SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1677/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1677/2012

Fecha: 01-Oct-2012

a)

El accionante por intermedio de su abogado, ratificó su demanda y agregó lo siguiente: a) Cuenta con toda la documentación relativa al derecho propietario de los inmuebles avasallados, estando registrado en DD.RR., por tanto su titularidad sería oponible a terceros; y, b) Los demandados no contentos con el despojo de la propiedad, se dedican a la tarea de sustraer ilegalmente energía eléctrica, no siendo permisible que tales personas se encuentren detentando una propiedad que no les pertenece.