SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1677/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1677/2012

Fecha: 01-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Su persona es legítimo propietario de un bien inmueble ubicado en Montero, zona norte, urbanización Juan Parada unidad vecinal 19, manzana 18, lotes 1, 2 y 3 con una superficie de 2.159,90 m2, adquirido de Alcora Marty Vda. de Parada, mediante documento de 20 de octubre de 2001, registrado en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.), bajo folio real 7.10.1.01.0013017, propiedad en la que se dedica a la siembra de yuca de acuerdo a la temporada.

Refiere que el 2 de enero de 2009, fue sorprendido por personas que se dedican a lotear terrenos, quienes ingresaron a su propiedad, de forma abusiva con violencia, cortando alambres, construyendo viviendas precarias compuestas de  palos cubiertos de carpa y plástico y a momento de realizarles la reclamación, fue agredido por una turba de personas, con una serie de palabras intimidantes.