SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1678/2012
Fecha: 01-Oct-2012
I.2. Trámite del incidente y resolución de la autoridad consultante
Alcalde del municipio de La Paz, Luis Antonio Revilla Herrero, resolvió rechazar la acción de inconstitucionalidad concreta con el argumento de que no existe fundamentación referida a cuáles son los motivos por los que se considera que las normas impugnadas vulneran la Constitución; y respecto a la presunta aplicación retroactiva de la norma impugnada, se sostuvo que la misma no desconoce dicha garantía pues la misma entró en vigencia desde su publicación “…así fueron acogidos por el propio incidentista al contar con la licencia de funcionamiento con Categoría 'A' para actividades económica de expendio de alimentos y/o bebidas alcohólicas”, en ese sentido, se recordó que la otorgación de licencias es temporal debiendo renovarse periódicamente conforme la norma vigente.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Trámite del incidente y resolución de la autoridad consultante
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Alegaciones del personero del órgano que generó la norma impugnada
- II.1.
- CATEGORÍA C: EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS PARA CONSUMO AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO
- II.3. Los preceptos de la Constitución Política del Estado presuntamente vulnerados son:
- a)
- 1.
- 2.
- i)
- CONSTITUCIONALIDAD