SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1711/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1711/2012

Fecha: 01-Oct-2012

1)

Roly Salas Bernachi, Alcalde Municipal de Colpa Belgica presentó informe escrito, por intermedio de su representante legal, cursante de fs. 37 a 40 vta., manifestando lo siguiente: 1) En la cláusula séptima del contrato, se específica la forma de resolución de éste, en el que se establece que el Gobierno Municipal se reserva el derecho unilateral de rescindir el contrato, a simple comunicación escrita si el contratado no cumple con sus obligaciones contractuales con responsabilidad e idoneidad; 2) En la cláusula séptima, las partes han acordado que dentro de la naturaleza del contrato de prestación de servicio se rige por la libre contratación prevista por las disposiciones del Código Civil (CC), por lo que, no está sujeto a los alcances de la Ley General del Trabajo (LGT); 3) El accionante no cumplió en lo más mínimo el contrato suscrito con el Gobierno Municipal de Colpa Bélgica, más al contrario existieron alteración en los precios en cuanto a las personas que tenían que jugar en las diferentes poblaciones, “por eso fue su despido”; 4) El accionante sentó denuncia contra Roly Salas Bernachi, el 27 de octubre de 2009, en la Dirección Departamental del Trabajo, la primera audiencia de conciliación se realizó el 30 del referido mes y año, la segunda el 4 de noviembre del citado año, sin llegar a ningún acuerdo, por lo que, el conciliador lo declaró contencioso y pase al Juez laboral, para el pago de sus beneficios sociales, quedando inconcluso, toda vez que, la autoridad jurisdiccional laboral o civil tiene que pronunciarse mediante Sentencia la procedencia o no de lo reclamado; y, 5) Se encuentra pendiente de Resolución el recurso jerárquico que se encuentra en el Concejo Municipal.