SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1819/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1819/2012

Fecha: 12-Oct-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante, alega la vulneración de sus derechos, al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la propiedad, al trabajo y a la petición, por cuanto al haberse trasladado desde la República de Paraguay hasta el Estado Plurinacional de Bolivia, ingresó en horario y rutas habilitadas y transporte autorizado, transportando sus enceres personales conforme se evidencia en el manifiesto de carga MIC/DTA 0459/2009, hasta llegar al recinto aduanero de campo pajoso el 6 de mayo del señalado año, empero su “mercadería fue retenida” (sic) en la Aduana de Yacuiba, ante la cual se le inició injustamente un sumario contravencional por la presunta comisión del delito de contrabando, a cuya consecuencia interpuso recurso jerárquico que fue resuelto en la Paz, disponiendo que el administrador de la Aduana de Yacuiba anule obrados y dicte nueva resolución, que hasta la fecha de planteada la presente acción de amparo constitucional no se emitió; posteriormente en reiteradas oportunidades solicitó se pronuncie la misma, pero tampoco tuvo respuesta; en consecuencia, habiendo “agotado las instancias correspondientes” (sic) hasta llegar al recurso jerárquico, no ha logrado la devolución de tres tractores agrícolas que son su herramienta de trabajo ya que él es agricultor. En consecuencia, corresponde verificar, en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.