SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1877/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 1877/2012

Fecha: 12-Oct-2012

1)

El Comandante General de la Policía Boliviana, Víctor Santos Maldonado Hinojosa, a través de sus abogados en audiencia señaló que: 1) La Policía Boliviana, ingresó en una etapa de transición, en la cual fue designado Comandante General, interinamente, a través del Decreto Supremo de 21 de mayo de 2012, lo que ocasionó un retraso en todos los actos administrativos que se presentaban en el Comando General; 2) En su carácter interino, dio respuesta a los memoriales presentados por los accionantes el 2, 7 y 15 de mayo del año referido, mediante oficio de Secretaría General del Comando 988/2012, siendo éstos notificados legalmente el 28 de mayo de 2012, a horas 15:30 en su domicilio procesal, por lo que el supuesto derecho vulnerado e invocado por los mismos fue subsanado por el actual Comandante General; 3) Aclara, que con relación a la RA 144/2012, referida a la separación de los accionantes de la Prueba Piloto de los Cadetes Interculturales, la misma no fue objeto de la presente acción; y, 4) Asimismo, el art. 55 inc. f) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN), señala que ésta Institución, tiene la obligación de guardar reserva sobre las investigaciones, información y documentación policial que comprometa el curso de aquella, la seguridad del Estado y porque se pueda causar daño moral a los involucrados, salvo por orden expresa de autoridad competente, siendo así, que la referida Ley ha instaurado un parámetro en el que se rigen, por lo que los accionantes, tenían que efectuar su solicitud mediante orden judicial, a efecto de que la institución policial atienda la misma, situación por la que piden no se conceda la tutela requerida por los accionantes.