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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1900/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1900/2012

    Fecha: 12-Oct-2012

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    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
    • I.2.2. Informe de la autoridad demandada
    • denegó
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.1.1. El derecho a la vida y a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.1.2. De la acción de libertad
    • III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
    • III.2. Subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
    • en caso de existir norma expresa que prevea mecanismos intra-procesales efectivos y oportunos de defensa de estos derechos fundamentales, deben ser utilizados previamente antes de activarse la tutela constitucional, aspecto que se encuentra enmarcado en los mandatos insertos en los arts. 8 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos
    • en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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