Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
Sentencia Constitucional Plurinacional: 1929/2012
Fecha: 12-Oct-2012
II.1. Sobre el problema jurídico planteado en la acción de amparo que se revisa
En la acción de amparo constitucional motivo de esta disidencia, el accionante alega que los particulares demandados lesionaron sus derechos al agua y al trabajo, consagrados en los arts. 16.I, 20.I y III y 46 de la Constitución Política del Estado (CPE); en razón a que procedieron a cortarle los suministros de agua y energía eléctrica, también cambiaron los candados de ingreso principal del inmueble en donde ocupa dos ambientes, uno para ejercer la actividad comercial de joyería y el otro para la abogacía, evitando de esta forma su ingreso al inmueble y con ello su derecho al trabajo.
- I. ANTECENDENTES
- II.1. Sobre el problema jurídico planteado en la acción de amparo que se revisa
- Denegar
- Fragmento 4
- i)
- es excluir el derecho a la jurisdicción o acceso a la justicia del afectado, quien tiene la seguridad jurídica y certeza (art. 178.I de la CPE), que para la solución de cualquier diferencia, interés o derecho en conflicto que se presente en las relaciones entre ciudadanos o entre éstos y el poder público será resuelto por una de las jurisdicciones reconocidas por la Constitución; precedente vinculante que omite en su fundamentación la Sentencia Constitucional Plurinacional motivo de la disidencia
- REVOCAR