SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2010/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2010/2012

Fecha: 12-Oct-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Su cónyuge se encuentra injustamente detenido en las celdas policiales de la ciudad de Cobija por el supuesta comisión de un delito inmerso en la Ley 1008 de 19 de julio de 1988, pese a que el poseedor de la droga confesó que fue su madre quien encontró la misma a tiempo de lavar el pantalón de un cliente y fue puesto en libertad pero no así su esposo, de quien su detención preventiva, no fue revocada o sustituida por otras medidas cautelares.

En razón a la amistad de la familia de su esposo que radica en Guayaramerín con el abogado Juan Alejandro Vargas Velasco, solicitó a éste su intervención  profesional para la defensa de su cónyuge, misma que no obstante haber agotado todos los recursos ordinarios que franquea la ley no pudo lograr la libertad de su esposo, razón por la cual planteó acción de libertad contra el Fiscal de Materia Fidel Ribera Justiniano, el Juez cautelar y los Vocales de la Sala Penal, después de recorrer todo el departamento por las excusas formuladas por los Vocales y Jueces de capital y provincias se convocó a los conjueces que asumieron conocimiento.

Instalada la audiencia el 13 de mayo de 2011, el abogado antes nombrado se refirió a los hechos que ella le comentó acerca de las insinuaciones indecorosas que el Fiscal Fidel Ribero Justiniano le hizo, agregando a ello que su cuñada también fue objeto de las mismas insinuaciones, aunque esto no se reveló en audiencia. Lo manifestado por el citado abogado no constituye delito, sin embargo al concluir la audiencia el referido Fiscal hoy demandado haciendo alarde de su poder solicitó a los Conjueces que detengan al abogado representado de la accionante, quienes la rechazaron al considerarla abusiva, ante ello de forma verbal ordenó a los policías que lo aprehendan y conduzcan a las celdas policiales donde permanece detenido.