SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2314/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2314/2012

Fecha: 16-Oct-2012

I.1.1

Señala que se encuentra indebidamente procesado por los demandados en la tramitación de la etapa preparatoria del proceso penal que se sigue en su contra por los delitos de contratos lesivos al Estado, conducta antieconómica, peculado y otros; debido a que, presentada una segunda recusación en contra de la Jueza codemandada, por una causal sobreviniente; ésta lo rechazo in limine, fundando su fallo en las modificaciones que se introdujeron al art. 321 del Código de Procedimiento Penal (CPP), por la Ley 007 de 18 de mayo de 2010; es decir, que no suspendió la actividad procesal ni remitió los antecedentes ante el Tribunal superior, tal como lo exige el art. 320-1) del citado cuerpo legal; al contrario, continuó con la tramitación de la causa violentando con ello el debido proceso, al mantenerse conociendo y dirigiendo el procedimiento.