AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0144/2012-RCA-SL

Fecha: 28-Nov-2012

II.6.  Excepción de subsidiariedad y la protección inmediata ante vías de hecho

La naturaleza subsidiaria de la acción de amparo constitucional, está instituida y preservada en la actual Constitución Política del Estado; empero, existe una salvedad al carácter subsidiario de esta acción tutelar cuando se advierte la existencia de una lesión a derechos fundamentales emergentes del daño irreparable e irremediable provocado por vías o medidas de hecho, que merecen protección inmediata prescindiendo de la subsidiariedad, ya que de lo contrario la tutela posterior podría resultar ineficaz.