Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0151/2012-RCA-SL
Fecha: 28-Nov-2012
a)
Solicita: a) Se conceda la tutela; b) Sea reparado el debido proceso mediante la sustanciación del conflicto de competencias, de acuerdo a los arts. 71 al 75 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC); y, c) Se ordene al Director Departamental del INRA que, proceda con la sustanciación del conflicto de competencias, debiendo declararse competente dentro del saneamiento de Tamborada “B”.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- rechazó in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2.
- II.3.
- II.4. De los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- II.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR