Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0163/2012-RCA-SL
Fecha: 30-Nov-2012
APROBAR
La Comisión de Admisión de la Sala Liquidadora Transitoria del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confiere el art. 20 parágrafos I y II de la Ley 212 de Transición para el Tribunal Supremo de Justicia, Tribunal Agroambiental, Consejo de la Magistratura y Tribunal Constitucional Plurinacional, con los fundamentos expuestos, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 060/2011 de 9 de diciembre, cursante de fs. 51 a 53 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de La Paz.
- a)
- 1)
- I.3. Petitorio
- improcedente in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2
- antes de ingresar a analizar los problemas de admisibilidad de la acción, debe verificar los supuestos de improcedencia establecidos por el art. 96 de la LTC, lo que implica un plano de análisis distinto al de los requisitos de admisión
- II.3.
- APROBAR