AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0195/2012-RCA

Fecha: 09-Nov-2012

III.3. Análisis del caso concreto

Referente a la jurisprudencia mencionada y su relación al caso específico, se  establece que los accionantes plantean la presente acción de amparo constitucional, con la finalidad de hacer cumplir la Resolución 053/2011, que fue pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior de Distrito Judicial de La Paz, emergente de otra acción tutelar presentada por la empresa “El Diario” que determinó anular la Resolución impugnada y dictar una nueva resolución de recusación considerando los siguientes puntos: la falta de fundamentación de la Resolución impugnada, falencia en el cómputo de nacimiento de la causal de recusación y de pronunciamiento sobre la oportunidad en la presentación de la misma; sin embargo, los accionantes alegan que dichos puntos no fueron tomados en cuenta al dictar la nueva Resolución de recusación, vulnerando sus derechos y garantías constitucionales, fundamento por el cual interponen acción de amparo constitucional pidiendo se cumpla la Resolución de amparo 053/2011 en la nueva resolución de recusación que solicita se emita.

En consecuencia en la presente acción, es aplicable la línea jurisprudencial citada en el fundamento jurídico expuesto en el punto II.2, pues mediante esta última acción tutelar, los accionantes pretenden que el Tribunal Constitucional Plurinacional, ordene el cumplimiento de una Resolución dictada dentro de una anterior acción de amparo constitucional, lo que no es permisible por los fundamentos expuestos precedentemente, toda vez que erróneamente acudieron a la jurisdicción constitucional, en vez de reiterar su solicitud de cumplimiento ante el mismo Tribunal de garantías que conoció el primer amparo constitucional, que dio origen a la Resolución que ahora se pretende hacer cumplir.